
¿La vivienda es un derecho básico que el Estado debe garantizar o una mercancía sujeta ineludiblemente a las reglas del mercado? De la respuesta que se dé a esta pregunta derivan políticas públicas y decisiones económicas completamente diferentes. Reconocer la vivienda como un derecho no implica negar el mercado, sino regularlo para que no se convierta en una fuente de exclusión. Es una cuestión de justicia social y, sobre todo, de voluntad política.
El derecho universal a una vivienda digna y adecuada como uno de los derechos humanos, aparece recogido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos en su artículo 25, apartado 1 y en el artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC).
El derecho a una vivienda no se debe interpretar en un sentido restrictivo simplemente de cobijo sino, que debe considerarse más bien como el derecho a vivir en seguridad, paz y dignidad.
De cara a 2030, se llevarán a cabo las actuaciones públicas que se consideren convenientes para asegurar el derecho de acceso a una vivienda digna, asequible y adecuada para el conjunto de la población residente en Canarias, reduciendo el esfuerzo económico y mejorando su adecuación.
En la aplicación de actuaciones públicas, se prestará especial atención a ciertas problemáticas o colectivos sociales. En primer lugar, actuaciones enfocadas a dar respuesta al fenómeno del sinhogarismo, que afecta a un considerable número de personas en Canarias y supone uno de los efectos más visibles de la pobreza. En segundo lugar, a las limitaciones en el acceso a la vivienda de determinados grupos de la sociedad, como se da en el colectivo de jóvenes, las personas con menor nivel de renta y las personas inmigrantes.
De cara a reducir el esfuerzo económico, especialmente para los grupos poblacionales más vulnerables, se incrementará la disponibilidad de vivienda pública y social, evitando alimentar la segregación socioespacial; se estimulará el alquiler de la vivienda vacía; se establecerán mecanismos de protección sobre el parque público de vivienda, así como reservas de suelo para vivienda protegida en alquiler; y se incentivarán las formas de tenencia alternativas a la propiedad absoluta y al alquiler, como la propiedad temporal y la propiedad compartida.
Metas de la Agenda Canaria de Desarrollo Sostenible (ACDS 2030)
Meta Canaria 1.4.1. Eliminar el sinhogarismo y reducir la vulnerabilidad y exclusión residencial en Canarias.
Meta Canaria 11.1.1. Promover medidas para garantizar el derecho a acceder a una vivienda digna y adecuada por medio de la vivienda de titularidad pública y mediante medidas de fomento que faciliten la puesta en el mercado de viviendas suficientes a precios asequibles.
Meta Canaria 11.1.2. Fomentar la renovación y regeneración urbana integrada, especialmente en entornos urbanos desfavorecidos o barrios de mayor vulnerabilidad, asegurando el acceso universal a servicios básicos adecuados, seguros y asequibles.
Meta Canaria 11.1.3. Adoptar medidas para evitar que la renovación urbana lleve aparejados efectos colaterales de gentrificación, que impliquen cambios inadecuados en la morfología urbana y pérdida de la población residente.